Convocatoria Judicatura 2020: ¿qué debes saber como opositor a juez o fiscal?
El pasado 22 de diciembre se cumplía lo que todos los que se preparan las oposiciones de Judicatura y Fiscalía tanto esperaban: se publicaba en el BOE la convocatoria de pruebas selectivas para la provisión de plazas a juez y fiscal de 2020, y con ello, se daba llamamiento a todos los futuros jueces y fiscales a inscribirse.
La convocatoria traía una serie de particularidades. En este artículo voy a comentar los cambios clave sobre la convocatoria de la oposición de jueces y fiscales de 2020.
Se mantiene la buena oferta de plazas en las oposiciones para las Carreras Judicial y Fiscal:
La convocatoria de 2020 prevé 168 plazas de juez y 132 de fiscal
Este año se repite la convocatoria de 300 plazas de jueces y fiscales; aunque varía el número de plazas de cada Carrera, ya que el año pasado convocaron 180 plazas de alumnos de la Escuela Judicial, para su posterior acceso a la Carrera Judicial, y 120 plazas de alumnos del Centro de Estudios Jurídicos, para su posterior ingreso en la Carrera Fiscal.
Este año, el número de plazas convocadas es de 168 para el acceso a la función judicial y 132 para el acceso al Ministerio Fiscal.

En definitiva, estas oposiciones de Judicatura de 2020 nos van a traer más jueces y fiscales que las de hace unos años, con una ventaja añadida respecto de las del año anterior: como es el tercer año consecutivo con buenas provisiones de plazas de jueces y fiscales, el tapón de opositores muy preparados es menor.
Esto es sencillo de entender: los opositores más preparados aprobaron el año pasado y ya no competirán más. Con convocatorias de 100 plazas (o 50 o ninguna, como en años anteriores), el cúmulo de opositores preparados hubiera sido mayor y la competencia mucho más feroz.
Es de esperar que, además, se mantengan las buenas convocatorias de jueces y fiscales los próximos años, lo que es una gran noticia para quien esté empezando ahora o haya iniciado su andadura como opositor en los últimos años, ya que aumenta sus posibilidades de que su punto óptimo de preparación coincida con una buena convocatoria de plazas.
Número de aprobados fijado para el primer ejercicio de jueces y fiscales:
En la convocatoria del año 2020 se prevé un máximo de aprobados de 1.200 opositores en el primer ejercicio, el examen tipo test. La única excepción a esta cifra sería la relativa a la aceptación de impugnaciones, así como en el supuesto de empate entre el opositor 1.200 y siguientes. Por tanto, el opositor con número 1.200 por nota fija la nota mínima de acceso, o nota de corte del examen tipo test.
Esto supone un descenso de 300 personas que pasarán el tipo test. Sabiendo el número de opositores inscritos en la convocatoria anterior y que un cuarto de estos suelen ser opositores a jueces y fiscales nuevos (así como “ajenos” que se inscriben en oposiciones que no preparan por motivos diversos -por ejemplo, son LAJ que quieren entrenar la técnica de tipo test y control de nervios en un examen real-), entre los opositores de segunda o mayor convocatoria, la ratio será de aprobar el test será en torno a 1 de cada 2,5 (en torno a 3000 opositores “añejos” para 1.200 aprobados en el primer ejercicio).
Esta es una ratio, aunque peor que la del año pasado, es mucho mejor que la de otros años. Respecto de los que logren aprobar, la ratio para obtener plazo será también muy buena. Por comparar: la ratio de aprobados del primer ejercicio por plaza en el año 2017 era, en principio, de 1 plaza para cada 10 aprobados (1.000 aprobados para 100 plazas). Este año, la ratio es, en principio, de 1 plaza para cada 4 aprobados del test (1.200 aprobados para 300 plazas de jueces y fiscales en la convocatoria de 2020).
El lado feo de la convocatoria de oposiciones de Judicatura y Fiscalía de 2020:
No se puede descartar un tema en los dos ejercicios orales
En el proceso de oposición de 2020 se ha mantenido la eliminación de la tradicional posibilidad de “sacar otra bola”, que nos daba algo de margen en caso de que nos tocara un tema horrible -o no tan horrible, pero que sepamos que se nos da mal-. Ahora, habrá que afrontar todos los temas que nos toquen, sin correcciones ni cambios.
¿Cuál es la consecuencia lógica de esto? Que te tienes que estudiar todos los temas. Nada de dejarte uno de los trescientos y pico que comprenden el temario de Judicatura. En 2018, esta opción dejó de existir.
La realidad es que prácticamente nadie se dejaba ningún tema -a no ser que con “dejárselo” se refiera uno a estudiárselo menos-, porque al fin y al cabo seguían cayendo en el test y por el temor a quedarse en blanco con otro tema, tener que cambiarlo y que nos toque el que nos hemos dejado.
La posibilidad de descartar un tema tenía un enorme efecto normalizador en la dificultad de los temas que nos tocaban en el oral de la oposición. Esto se debe a que prácticamente nadie -diría que absolutamente nadie, pero en la vida hay gente para todo…- descarta un tema normal o que se sepa regular para ver si le toca uno fácil o en el que se sepa lucir. Por el contrario, uno se queda con el primer tema, en estos casos, y no se la juega a que le toque uno de los “temas bicho” de la oposición. En definitiva: si alguien sacaba en suerte unos buenos temas o unos normales, no los cambiaba.
Sin embargo, si alguien recibía de la diosa Fortuna “una mala mano”, sin duda cambiaba algún tema, de manera que aumentaba la posibilidad de que sacara un tema normal, de los de dificultad media, que son la mayoría.
En definitiva, en mi opinión, la ventaja de quitar esta posibilidad de descarte es cercana a ninguna y la desventaja es importante, al hacer la variación de dificultad por azar más acusada que antes. Esta postura aumenta el factor azar, que en un oral ya es de por sí fuerte.
Un cambio de justicia en el segundo examen oral a juez y fiscal:
Se elimina la posibilidad de invitar a retirarse por parte del tribunal en el tercer ejercicio.
Este es un cambio que se introdujo en 2018 y que yo celebro fuertemente. En general, me parece impensable que a una persona que se prepara las oposiciones a jueces y fiscales, con el sacrificio que supone, que ha superado el examen tipo test, que ya de por sí es una importante criba, se le niegue, después de tanto sacrificio, siquiera el derecho a ser escuchado durante una hora por el Tribunal.
Que entiendo que son personas importantes, con cargos relevantes y que su tiempo es valioso, pero es que es una cuestión de dignidad, respeto y deferencia hacia el sacrificio de unas personas que quieren prestar sus servicios en el Cuerpo Judicial o en el Ministerio Fiscal.
Puedo comprender que, ya que van a llegar, al menos, 1.200 personas al primer oral de las oposiciones de Judicatura en 2020, se faculte a invitar a retirarse a quien demuestra una manifiesta falta de contenido en su examen en este primer oral. Puede justificarse para agilizar los exámenes -aunque en mi opinión, esta facultad debería reservarse a los casos de estricta manifiesta falta de contenido y no a los supuestos de relativa falta de calidad que deberían puntuarse con un suspenso con nota, tras escuchar toda la hora, para que el opositor al menos sepa cuánto le ha faltado-.
Sin embargo, que se pudiera levantar en el tercer ejercicio, tras escuchar menos de media hora, a una persona que ya ha aprobado el anterior oral, demostrando así una gran cantidad de conocimientos, capacidad de exposición, etcétera, me parecía una barbaridad mayúscula.
Sobre todo, porque si un opositor canta, es porque sabe. Puede no tener la soltura bastante para aprobar, pero ha estudiado a fondo y sabe de qué habla. Muy raro es el caso del “tío jeta” que empieza a inventarse allí un rollo porque no le ha dado tiempo a estudiarse cierto bloque o cierto tema. E incluso aún más raro es que el que empieza a improvisar, siga haciéndolo más de 5 minutos antes de darse cuenta de que está perdiendo el tiempo y arruinando su imagen para años siguientes.
Por tanto, tampoco creo que, en el tercer ejercicio, se ahorre grandes tiempos permitiendo invitar a retirarse al opositor, y se genera una gran injusticia. Con lo que, personalmente, celebro este cambio introducido en la convocatoria de Judicatura de 2018, y me alegro de que se haya mantenido.
Concretando lo que se espera del futuro juez o fiscal en el tercer ejercicio:
Pero sin concretar mucho tampoco.
La convocatoria de oposiciones de Judicatura de 2020 mantiene la especificación de que, en el tercer ejercicio, se expondrá “dando preferencia en cuanto al uso del tiempo a los temas de derecho procesal”, pero ojo, “no pudiendo desarrollar ninguno de ellos en un tiempo superior a quince minutos”.
¿Qué significa preferencia en el uso del tiempo? Como viene siendo habitual, cada Tribunal lo interpretará a su manera, pero al menos sabemos que cada tema de procesal deberá durar más de 12 minutos largos y menos de 15. Es una situación mejor que la anterior, porque por lo menos sabemos que hay que alargar esos temas de procesal. Antes había Tribunales que exigían igualdad en los temas y otros que exigían preferencia en procesal: un caos que pagaba el opositor.
Longitud adecuada del temario de judicatura en 2020 para el tercer ejercicio:
En años anteriores, hubo Tribunales que consideraron que no llegar a los 10 minutos en un tema era, directamente y sin valoración posible, una causa para suspender al opositor conforme a la base Séptima, punto 6, apartado g), al entender que no dedicaba el tiempo adecuado a cada institución.
Posiblemente haya variado alguno de criterio y se admitan temas de Mercantil, Administrativo y Laboral de 9 minutos, pero yo no me la jugaría. Porque es cierto que la convocatoria prevé preferencia de los procesales, pero sigue exigiendo dedicar el tiempo adecuado a cada institución (6.g de la Convocatoria).
Otro gallo cantaría si la convocatoria de Judicatura de 2020 hubiera fijado una duración mínima por tema, cosa que no hace, con lo que habrá quien siga considerando que un tiempo inferior a 10 minutos es insuficiente. Y, realmente, en justicia hay que decir que hay ciertos temas de Administrativo, Laboral y Mercantil con muchos epígrafes que es imposible responder en menos de 10 minutos, sin que alguno de los epígrafes esté falto de suficiente contenido.
Ya sabemos lo que dice la cláusula final de la base séptima: «En cualquier momento de la exposición, o al final de la misma, el Tribunal, a través de su Presidencia, podrá hacer ver a la persona aspirante la falta de desarrollo suficiente de alguno de los epígrafes de los temas expuestos, para que pueda suplir dicha omisión en ese momento». Se observa que basta algún epígrafe falto de desarrollo suficiente para que te cuestionen al respecto -generalmente, cuando pasas al siguiente epígrafe- y basta con no saber completar ese epígrafe que el Tribunal considera falto de contenido para estar suspenso.
Por ello, en mi opinión, lo recomendable es alejarse del máximo absoluto de 15 minutos y cantar los Procesales en 13-14 minutos (lo que ya es darles preferencia), con un total de 39-40 minutos aproximados para todo el Derecho Procesal Civil y Penal.
A continuación, dedicar 10 minutos 30 segundos a cada tema de Mercantil y de Administrativo-Laboral, ya que habitualmente, el Tribunal, si está a favor de aprobarte y llegas a los 60 minutos, te hace gesto de que vayas cortando, pero no te toca la campana, lo que te puede dar unos 30 segundos extra. Y eso descontando el supuesto en que decida darte los 5 minutos extra. -Imagínate que te has preparado los temas para 9 minutos y te conceden 5 minutos de gracia. Cantas a 9 porque no has preparado más y quedas fatal-. Puede ser motivo de suspender un examen que tenías aprobado.
En definitiva, con la configuración que propongo, y a la que está adaptado mi temario de oposiciones de Judicatura y Fiscalía de 2020, se da preferencia al procesal sin arriesgarse a pasarse de 15 minutos -lo que la convocatoria prohíbe-, con unos 13 minutos 30 segundos por tema de Derecho Procesal y 10 minutos 30 segundos por tema de Derecho Mercantil, Administrativo o Laboral. Dedicamos así unos 3 minutos más a cada tema de Procesal que a los dos finales (13 y medio frente a 10 y medio), lo que justifica que hemos dado la preferencia que la convocatoria de oposiciones de Judicatura y Fiscalía de 2020 exige.
Calendario estimativo de las Oposiciones de Judicatura de 2020:
PRIMER EJERCICIO: el Examen Tipo Test:
Han anunciado que, salvo motivo de fuerza mayor, el primer ejercicio tendrá lugar el domingo 28 de marzo de 2021. Es decir, en poco más de cuatro meses desde la convocatoria.
Esto limita mucho la posibilidad de un efecto llamada por las 300 de la convocatoria de Judicatura de 2020. Quienes decidan “subirse al carro” no tendrán margen de maniobra para competir en el examen tipo test, lo que beneficia a los opositores ya formados específicamente para esta oposición.
Eso no quita que, si eres nuevo opositor, te pongas al máximo, pues es previsible que las convocatorias siguientes sean igualmente buenas.
SEGUNDO EJERCICIO: Orales de Constitucional, Civil y Penal
La comisión ha declarado que previsiblemente, los exámenes orales de las oposiciones a jueces y fiscales de 2020 comenzarán a partir de la segunda quincena del mes de mayo de 2021.
La letra de las oposiciones de este año es la B, por lo que quienes tengan un apellido comenzado por tal letra ya saben que, de llegar a esta fase, tienen solamente algo más de unos cinco meses desde la convocatoria hasta que sean llamados al Tribunal Supremo.
Por el contrario, los que tengan un apellido que comience con A no se examinarán del primer oral hasta julio de 2021, con un par de meses más desde la convocatoria. No obstante, ser de los últimos no siempre es favorable, ya que en ocasiones el Tribunal comienza siendo más suave y se vuelve más severo conforme ve que ya ha cumplido con la ratio de aprobados del segundo al tercer examen que tenían prevista.
Igualmente sucede en el tercer examen, aunque en este caso suele depender de si han cubierto o no las plazas.
TERCER EJERCICIO: Orales de Procesal Civil, Procesal Penal, Mercantil y Administrativo-Laboral
La comisión ha puesto en conocimiento de los opositores a jueces y fiscales que esperan que los exámenes del segundo oral comiencen la segunda quincena del mes de septiembre de 2021. Eso deja mayo a julio para el primer oral y septiembre en adelante para el segundo.
Por otro lado, si estás buscando un temario de judicatura de 2022, adaptado al programa y conciso, te invito a pedirme una muestra gratuita a través de mi formulario de contacto.
También es probable que te interese esta comparativa de temarios actualizados a 2022. Te puede resultar muy útil para hacerte con el material que mejor se adapte a ti.
Si quieres ir preparándote para el tipo test, recuerda que, al suscribirte a mi lista de correo, recibirás una guía para el test en PDF, totalmente gratuita y que espero que te ayude.
Un día decidí dejar de opositar a Justicia y empezar a buscar cómo dar algo de valor a los demás. Desde entonces he publicado una treintena de manuales para oposiciones y he descubierto que ayudar a los demás a lograr sus objetivos me encanta. Firme defensor de tres principales ideas: del optimismo de combate, del aprendizaje de por vida y de la reciprocidad+1.
Conoce los detalles en Amazon
octubre 28, 2018 @ 10:16 pm
Buenas tardes! Tengo una pregunta…cuantos meses están examinándose del segundo examen oral?
octubre 29, 2018 @ 11:06 am
Pues depende del número de Tribunales , de cuantas personas dejen pasar en el primer oral, de qué prisa se den…
Otros años ha sido de mediados de septiembre a noviembre. Pero esta es una convocatoria muy diferente a las anteriores.
Eso sí, me jugaría algo a que terminan antes del 20 de julio. Hazte a la idea de que pueden tardar entre 3 meses y 4 y medio, así a ojímetro.
junio 20, 2019 @ 8:22 am
Hola, ¿puede haber aprobados sin plaza?. Si apruebas el tercero,,, ya está o hay que esperar a la lista definitiva ?. Muchas gracias
junio 22, 2019 @ 4:27 pm
Sí, puede haber aprobados sin plaza. No obstante, eso no significa que sea algo habitual, ya que se suele aprobar al número justo para cubrir las plazas poco más o menos. Hay mucha controversia en torno a ser aprobado sin plaza, con lo que se ha venido tomando la -injusta- decisión de minimizar el número de aprobados sin plaza. Que es una decisión cómoda por el asunto controvertido, pero hace mucho daño al que sería aprobado sin plaza, ya que aunque no obtenga plaza, sí que podría acreditar esa condición al ir a buscar trabajo. Es mucho mejor CV ser aprobado sin plaza que suspenso.
Pero bueno, la realidad sigue siendo la que es.
julio 13, 2019 @ 8:03 pm
Hola, he visto que algunos tribunales de las oposiciones de 2018 han rebasado los 49 o 48 aprobados que tenían asignados para el tercer ejercicio.
¿Va a haber aprobados sin plaza?. ¿Alguien se fue aprobado y ahora saldrá una lista donde está suspenso?. Muchas gracias
julio 15, 2019 @ 8:18 pm
Buenas tardes, Antonio. Sería una gran noticia que aprueben a quien tengan que aprobar, aunque sea sin plaza. Así no se dará la injusticia de suspender a personas preparadas, que se dio en otros años. Un opositor que tenga un examen bueno, pero raspado y reciba el aprobado mínimo, aunque no tenga plaza, tiene un gran CV y muchas más oportunidades que si le suspenden para no dar aprobados sin plaza. En ningún caso un aprobado pasa a estar suspenso.
Dicho esto, debes tener en cuenta que las plazas que corresponden a cada Tribunal deben incluir las de discapacitados no cubiertas, que acrecen al turno libre (conforme lo previsto en la introducción de las bases de la convocatoria). Asimismo, tienes que tener en cuenta la base Sexta, apartado 5. Si algún Tribunal no cubre todas sus plazas, estas se reparten entre los Tribunales que hubieran aprobado más opositores que plazas tienen asignadas. Por tanto, haría falta para ver aprobados sin plaza, no solo que algunos tribunales rebasen los 50 aprobados, sino que, además, la suma total de opositores aprobados sea mayor a 300.
Un saludo cordial.
octubre 15, 2019 @ 5:58 pm
Hola Alberto. Se sabe cuántos tribunales se van a crear y a cuantos opositores se cita por semana para el segundo ejercicio. Gracias
octubre 19, 2019 @ 11:05 am
Buenos días:
Según la Nota informativa de la Comisión de Selección de 5 de junio de 2019 sobre la nueva convocatoria de las pruebas de acceso para las Carreras Judicial y Fiscal para el año 2019, previsiblemente se constituirán 6 Tribunales.
Lo normal es que mantengan el ritmo del año pasado. Con la misma nota informativa, en la que se da un calendario estimativo para los ejercicios, puedes hacerte una idea aproximada (divide número de opositores por número de tribunales y luego por número de días). Tienes la nota informativa aquí: http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Acceso-a-la-categoria-de-Juez-a/Convocatorias-en-curso/Acceso-a-la-carrera-judicial–Juez—Fiscal-2019–Avisos-y-notas-informativas–Nueva-convocatoria-de-las-pruebas-de-acceso-para-las-Carreras-Judicial-y-Fiscal-para-el-ano-2019
Espero que lo anterior te resulte de ayuda.