Texto legal copiado y partido: enunciados que no encajan con las respuestas
En el análisis de hoy tenemos un supuesto curioso. En muchas ocasiones, la pregunta nos dirige a la respuesta, porque sólo algunas de las respuestas encajan con la forma en que se hace la pregunta. Pero en este caso, la situación va más allá, porque el examinador ha tomado un texto legal copiado directamente del primer inciso del artículo 1710 del Código Civil y lo ha partido para hacer tanto la pregunta como la respuesta. Y lo ha hecho tan poco cuidadosamente que podemos observar que si conjugamos el enunciado de la pregunta con las demás respuestas, opciones b a d, obtenemos resultados absurdos.
Observemos cómo quedarían:
b) “El contrato de mandato puede ser”: en el caso de que sea expreso sólo puede darse mediante instrumento público.
c) “El contrato de mandato puede ser”: el contrato de mandato no puede darse nunca de palabra.
d) “El contrato de mandato puede ser”: la aceptación solo podrá ser expresa.
Claramente se observa que no tienen sentido, y el examinador siempre tiene cuidado de que la respuesta correcta esté bien formulada, ya que se arriesga a una impugnación.
Efectivamente, la respuesta correcta encaja perfectamente con la forma de expresar la pregunta: <<el contrato de mandato puede ser expreso o tácito>>.
Gracias a tener presente la regla de que el examinador primero redacta y revisa la respuesta correcta, y luego el resto, podíamos obtener un punto este año. Con carácter general, lo importante es tener presente que, la mayoría de veces, si una respuesta no encaja con el enunciado, no suele ser la opción correcta, aunque el contenido en sí de la misma parezca acertado.